Otra ley de Sinde, el juego online

lunes, 12 de diciembre de 2011




La noticia del cierre de la empresa sueca de juego online Unibet en España me motiva a escribir este post analizando la actual situación del mercado del juego online.


Acaba de ponerse en marcha el proceso de obtención de licencias para operar en el recientemente legislado sector del juego online. Se trata de un mercado que ha permanecido en una sorprendente situación de falta de regulación durante los últimos años, lo que ha propiciado el crecimiento de un mercado negro que implica no sólo una importante merma de ingresos fiscales para las arcas del Estado sino también una falta de protección de los cada vez más numerosos usuarios de este tipo de oferta. Se calcula que el mercado del juego online movió en España cerca de 350 millones de euros en 2009, la gran mayoría sin regulación, y se estima que generará más de 800 millones en 2012, con un fuerte crecimiento de más del 100% en tres años, según datos de Aedapi (Asociación Española de Apostadores por Internet). A nivel mundial, el mercado del juego online ha pasado de tener una presencia casi inexistente en el año 2000 a mover 12.700 millones de euros en 2008 según datos de H2 Gambling Capital. Los jugadores europeos representan el 41% del mercado mundial generando más del 37% de los ingresos, lo que supuso una cifra de 4.700 millones en 2008.

La falta de regulación ha propiciado que los operadores de juego online en España, principalmente Betfair, 888, Bwin, Bet365, MiApuesta, Unibet y PokerStars, hayan operado con licencias de juego registradas en Malta, Gibraltar u otros países europeos, lo que significa que pagan impuestos en dichos países en lugar de en España.

En el mundo se han dado hasta la fecha tres tipos posibles de legislación del juego online. En Alemania y Estados Unidos, por ejemplo, el juego online está totalmente prohibido, aunque ha quedado en evidencia la ineficacia de la medida ya que se calcula que 1 de cada 3 apostadores en el mundo sigue apostando desde Norteamérica (según H2 Gambling Capital, en 2008 un 34% de los apostadores mundiales residía allí) generando más de 4.400 millones de dólares al año. La posibilidad para cualquier ciudadano alemán o estadounidense de apostar online en plataformas ubicadas en otros países hace inviable una legislación de naturaleza restrictiva que además fomenta el mercado negro. Una segunda posibilidad legislativa es la del monopolio, vigente en España (hasta la entrada en vigor de la nueva legislación), Francia, Grecia y Suecia. Según los estudios de la European Gaming and Betting Asociation, esta opción provoca que, al limitar los mercados a los operadores monopolistas, los gobiernos sólo consigan que sus ciudadanos accedan a productos de estándares inferiores a sus equivalentes del sector privado, o que nuevamente acaben accediendo a plataformas online ubicadas en otros países. Hasta aquí, se cumple la máxima de que en el ecosistema digital no es fácil poner puertas al campo. Y la tercera opción consiste en una legislación que fomente los operadores regulados, como la existente en Italia y Reino Unido, cuyos beneficios son un crecimiento “visible” del mercado, el establecimiento de estándares para todos los operadores y la generación de ingresos fiscales.
Y es en este punto donde aparece la nueva ley española, que además de no contentar a casi nadie se ha cobrado su primera víctima en Unibet, empresa que presta sus servicios en 100 países y que abandona definitivamente España debido a las condiciones derivadas de la aprobación de dicho ley. ¿Qué condiciones? Fundamentalmente estas dos:
  1. El impuesto se cobra sobre los ingresos generados (es decir, sobre el dinero total apostado) y no sobre los beneficios como en la inmensa mayoría de los países.
  2. Los tipos de gravámenes en función del tipo de juego serán los siguientes:
  • Apuestas Deportivas Mutuas (como la Quiniela): 22%
  • Apuestas Deportivas de Contrapartida (como Bwin): 25%
  • Apuestas Cruzadas (Apuestas P2P o juegos como el Póker): 25%
  • Rifas y Sorteos: 20%
  • Concursos: 20%
  • Otros juegos: 25%
Para establecer una referencia de comparación, las empresas que operan en este sector en UK abonan un 15% sobre los beneficios generados, mientras que en España deberían abonar un 25% sobre los ingresos. Haciendo un cálculo rápido y suponiendo un margen neto del 30%, una empresa que en UK abonara 4,5 euros de impuestos por cada 100 euros facturados, en España debería abonar 25. Dicho esto, supongo que queda bien argumentada la decisión de Unibet de abandonar el mercado español. No son nuevas, en todo caso, las quejas de las empresas incluso respecto de los impuestos fijados por el modelo británico, con constantes amenazas de mover el domicilio fiscal a países con legislaciones más favorables.
Tampoco parecen estar contentas con el proceso de obtención de licencias empresas del sector tradicional de tamaño medio o pequeño, debido a que para optar deben presentar un aval de 5 millones de euros, lo que para algunas puede resultar francamente complicado en la coyuntura económica actual.
Mención aparte merece el hecho de que, dado que las competencias sobre juego están transferidas a las Autonomías, el legislador ha tenido que hacer un encaje de bolillos para no mermar la capacidad recaudatoria de aquellas, cediéndoles un 50% de lo recaudado pero sin ninguna mención explícita a cómo se realizará el reparto.

El sector tradicional del juego está viéndose afectado por la migración de los usuarios a Internet
Todo este barullo se produce en un momento en el que el sector del juego tradicional comienza a experimentar de forma notable el efecto de Internet, en el sentido de que usuarios que hasta ahora habían jugado fundamentalmente offline asistiendo a casinos y bingos o jugando en máquinas recreativas comienzan a reducir su asistencia ya que dedican más tiempo a jugar online, donde encuentran más oferta, anonimato, posibilidad de jugar en red con otros jugadores, y la comodidad de hacerlo sentado en su sillón favorito. Para las empresas de juego tradicional, una vez más como en tantos otros sectores, Internet supone una amenaza en la medida en que aparecen nuevos competidores de masa crítica global, sin un negocio maduro que conservar ni grandes inversiones físicas que amortizar, más imaginativos a la hora de aprovechar las características del soporte online, y con modelos de negocio long tail muy diversificados geográficamente.

Para hacernos una idea de qué tipo de empresas operan en el sector de juego tradicional, no tenemos más que echar un vistazo a los datos de las empresas líderes como la catalana Cirsa o el Grupo Codere. Dispongo de datos de la primera, Cirsa Gaming Corporation, que es uno de los líderes mundiales en la actividad del juego y ocio y la primera compañía española del sector. Obtuvo unos ingresos de explotación de 1.774 millones de euros en el año 2010. Su oferta está compuesta por 32 casinos tradicionales, 83 casinos electrónicos, 32.500 máquinas recreativas, 88 salas de bingo, 140 salones de juego, 139 centros de apuestas deportivas, 1.250 terminales de loterías y 2.583 terminales de videoloterías en España, Italia y Latinoamérica. En el primer semestre del presente ejercicio, según datos de la propia compañía, Cirsa ha logrado un beneficio operativo de 141,2 millones de euros, un 14% más respecto al primer semestre de 2010, sobre unos ingresos de 857 millones de euros. Las razones de semejantes cifras y una buena evolución a pesar de la crisis hay que buscarlas en varios factores: a) disponen de una cuota de mercado del 55% en el canal de hostelería en España, gracias a una amplia oferta de máquinas recreativas; b) tienen una excelente posición en el canal de casinos en Latinoamérica (principalmente Argentina, Colombia y Canadá) recogiendo los beneficios de una buena coyuntura económica; c) en Italia les está funcionando muy bien la implantación de las VLT (video-loterías) en salones de juego y bingos desde principios de 2011; d) en México han realizado una ampliación del parque de máquinas recreativas que les reporta un importante aumento de ingresos; e) comienzan a recoger frutos de Sportium, plataforma que permite apostar en más de 70 deportes distintos y que ofrece 60.000 opciones de apuestas deportivas a la semana en 12o puntos de venta en la Comunidad de Madrid y 50 en Aragón.

Hecha la exposición de datos y coyuntura, llega el turno de las preguntas. Si la ley provoca que las empresas líderes globales en el sector del juego online se vayan de España, y las de tamaño mediano o pequeño sufran importantes barreras de entrada, ¿por qué parece que esta ley tiene el propósito fundamental de ralentizar la evolución del mercado del juego online para intentar reducir su impacto disruptivo sobre el mercado tradicional? Y si esto fuera sí, ¿a quién beneficia? Desde luego no a los usuarios que ven mermada la diversidad de oferta y las ventajas del juego online enumeradas anteriormente (anonimato, comodidad, amplitud de oferta, juego en red). Tampoco a las empresas pequeñas que regentan 3 ó 4 casinos y que podrían tener una oportunidad de ampliación del negocio en el mundo digital. Unibet parece opinar que tampoco las empresas globales lo tienen fácil para operar en estas condiciones (hay rumores de que Betfair también puede echarse atrás).
Las preguntas finales serían entonces: ¿por qué parece que esta ley está hecha a medida de los líderes del sector tradicional? ¿No estaremos ante otra versión sectorial de la Ley Sinde?

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